Casa cabaña en Paraje de Alba, con 50 m² construidos, 45 m² útiles, 18 m² metros de parcela, 1 dormitorios, 1 baños, buen estado, exterior, cocina con electrodomésticos, trastero, orientación sur, 2002, calefacción individual, energía calefacción eléctrica, incluye agua, acepta animales, suelo de madera
¿Buscas tu refugio en la montaña? En el emblemático Paraje de Alba, rodeado de naturaleza pura y a un paso de la cumbre, te espera esta acogedora vivienda lista para disfrutar.
Formando parte de una cabaña dividida en tres hogares independientes, esta propiedad ha sido totalmente reformada con mimo. Se distribuye en una planta principal con salón-cocina y baño, y una planta superior con dormitorio y sala de estar. Además, cuenta con una encantadora antojana de 18 m² para tus desayunos al aire libre y acceso rodado hasta la misma puerta.
Incluye también una tercera parte del sótano. Es la oportunidad perfecta para escapar de la ciudad por muy poco. ¡Ven a verla y enamórate de las vistas!
IMPORTANTE De conformidad con lo dispuesto en el articulo 20.1 del TRLDCU, el precio del inmueble se incrementará en los siguientes importes:
IMPUESTOS A CARGO DEL COMPRADOR: En el caso de IVA al tipo vigente del 21% (Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido).
En el caso del ITP sobre el mayor de los valores entre el precio de venta o el de referencia catastral, oscilando entre el 3% y el 10% en función de las condiciones del comprador y del precio del inmueble, todo ello de acuerdo con Real Decreto Legislativo 1/1993, de 24 de septiembre, que aprueba el Texto Refundido de la Ley del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados. A nivel autonómico, se aplica el Decreto Legislativo 2/2014, de 22 de octubre, que aprueba el texto refundido de las disposiciones legales en materia de tributos cedidos.
NOTARÍA Y REGISTRO: Son gastos sometidos a arancel, si bien su coste estimado puede oscilar para la notaría en un precio de entre 600 € a 1.200 € y en el caso del Registro en un precio medio de unos 400 €, dependiendo del valor del inmueble (Real Decreto 1426/1989, de 17 de noviembre, por el se aprueba el Arancel de los Notarios y Real Decreto 1427/1989, de 17 de noviembre, por el que se aprueba el Arancel de los Registradores de la Propiedad).
HONORARIOS PROFESIONALES DE LA AGENCIA INMOBILIARIA: Incluidos en el precio de compra.
EN EL CASO DE PRECISAR FINANCIACIÓN BANCARIA: El importe de los gastos adicionales deberán se consensuados con la entidad financiera
PARA EL CÁLCULO DEL PRECIO FINAL, ROGAMOS CONTACTEN CON NOSOTROS Y LE EMITIREMOS UNA OFERTA PERSONALIZADA EN FUNCIÓN DE LAS CIRCUNSTANCIAS PERSONALES DEL COMPRADOR
